¡Amor y paz!
Los invito, hermanos, a leer y meditar el Evangelio
y el comentario, en este lunes de la XXVII Semana del Tiempo Ordinario.
Dios nos bendice…
Evangelio según San
Lucas 9,46-50.
Entonces se les ocurrió preguntarse quién sería el más grande. Pero Jesús, conociendo sus pensamientos, tomó a un niño y acercándolo, les dijo: "El que recibe a este niño en mi Nombre, me recibe a mí, y el que me recibe a mí, recibe a aquel que me envió; porque el más pequeño de ustedes, ese es el más grande". Juan, dirigiéndose a Jesús, le dijo: "Maestro, hemos visto a uno que expulsaba demonios en tu Nombre y tratamos de impedírselo, porque no es de los nuestros". Pero Jesús le dijo: "No se lo impidan, porque el que no está contra ustedes, está con ustedes".
Comentario
Los niños y Jesús
Sabemos que los niños del tiempo de Nuestro Señor tenían una vida
bien diferente de la de los niños de ahora. En aquella época eran despreciados
como gente que consume, pone problemas y no aporta mucho ni en conocimientos,
ni en fuerza, ni en trabajo. Jesús toma como modelo a esos
"descartados" para decir dos cosas. Primera, que recibir a un
despreciado es recibir al mismo Jesús. Por lo mismo, el que busca ser
"más" y para eso humilla a los que son "menos" jamás
entenderá el Evangelio. En segundo lugar, en dónde está la verdadera grandeza:
quien descubre este "secreto" del Evangelio es realmente grande y
trae los cambios verdaderamente grandes.
El sentido cristiano de la
tolerancia
Las lecturas del evangelio de hoy incluye al final un tema
distinto. Debemos decir, sin complejos ni arrogancias, que hay un sentido
cristiano de la tolerancia. Así por ejemplo nos enseña el Concilio Vaticano II
en su Decreto sobre la Libertad Religiosa, n. 2.
"Declara este Concilio Vaticano que la persona humana tiene
derecho a la libertad religiosa. Libertad, que consiste en que todos los
hombres han de ser libres de toda coacción por parte de individuos, grupos
sociales o cualquier poder humano, de tal modo que en materia religiosa nadie
sea obligado a obrar, contra su conciencia, mas que tampoco sea impedido,
dentro de los debidos límites, para obrar en conformidad con ella, ya solo ya
asociado con otros, tanto privada como públicamente. Declara, además, que el
derecho a la libertad religiosa se funda radicalmente en la dignidad misma de
la persona humana, tal cual se conoce por la palabra de Dios y por la razón
misma.
Derecho a la libertad, en la persona humana, que de tal modo ha de ser
reconocido en el ordenamiento jurídico de la sociedad que se le considere como
un derecho civil.
"Por su propia dignidad, todos
los hombres, en cuanto que son personas, esto es, dotados de inteligencia y
libre voluntad, y, por ello, dotados de responsabilidad personal, se sienten
movidos por su propia naturaleza y por obligación moral a buscar la verdad, en
primer lugar la que corresponde a la religión. También están obligados a
adherirse a la verdad, una vez conocida, y a ordenar toda su vida según las
exigencias de la verdad. Mas los hombres no pueden en modo alguno cumplir dicha
obligación, en conformidad a su naturaleza, si no gozan de libertad psicológica
al mismo tiempo que de la inmunidad de coacción externa. Luego el derecho a la
libertad religiosa no se funda en una exigencia subjetiva de la persona, sino
en su misma naturaleza. Por esto, el derecho a tal inmunidad subsiste pleno aun
en los que no cumplen con su obligación de buscar la verdad y de adherirse a
ella; y su ejercicio no puede impedirse, siempre que se guarde el justo orden
público".
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